MANUALES para la Legalización de Libros







El artículo 18 de la Ley de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización, Ley 142013, de 27 de Septiembre, DISPONE:




Artículo 18. Legalización de libros.

 

1. Todos los libros que obligatoriamente deban llevar los empresarios con arreglo a las disposiciones legales aplicables, incluidos los libros de actas de juntas y demás órganos colegiados, o los libros registros de socios y de acciones nominativas, se legalizarán telemáticamente en el Registro Mercantil después de su cumplimentación en soporte electrónico y antes de que trascurran cuatro meses siguientes a la fecha del cierre del ejercicio.

 

2. Los empresarios podrán voluntariamente legalizar libros de detalle de actas o grupos de actas formados con una periodicidad inferior a la anual cuando interese acreditar de manera fehaciente el hecho y la fecha de su intervención por el Registrador.

 

3. El Registrador comprobará el cumplimiento de los requisitos formales, así como la regular formación sucesiva de los que se lleven dentro de cada clase y certificará electrónicamente su intervención en la que se expresará el correspondiente código de validación.
Para cualquier consulta relacionada con la sección de libros pueden mandar mail a (lacoruna@registromercantil.org). Si las consultas solicitadas hacen referencia al procedimiento a seguir para la presentación telemática, deberán de llamar al teléfono 902 734 375.
 


Según el artículo 106 del R.R.M., no podrá legalizarse un nuevo libro de actas en tanto no se acredite la íntegra utilización del anterior, lo que podrá hacerse, para el caso de legalización telemática de libros societarios (actas, participaciones sociales, acciones nominativas, y contratos socio único), por certificación expedida por el órgano de administración de la sociedad, que deberá insertarse en la primera hoja  del libro a legalizar. Pudiendo utilizarse un formulario como este.




A continuación se encuentran los manuales del Colegio de Registradores de la Propiedad en la que se explican los procedimientos para la presentación por este medio.-


Manual usuario LEGALIA